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LIBERTAD DE COMERCIO (1)

Radioclip en texto sin audio grabado.

Las radios comunitarias y ciudadanas tienen pleno derecho a pasar publicidad comercial. De la serie: Un proyecto radiofónico.

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Comencemos diciendo que todos los medios de comunicación (públicos y privados, comerciales y comunitarios) tienen derecho a pasar anuncios publicitarios.

¿Pero las radios comunitarias no son sin fines de lucro?

Claro que sí. Pero SIN FINES DE LUCRO no es lo mismo que SIN LUCRO. La palabra LUCRO significa ganancia, ingresos, beneficios. Una radio comunitaria, igual que cualquiera, necesita tener dinero para pagar la luz, para comprar equipos, para los salarios, para ser más competitiva.

¿Pero si pasamos publicidad… no nos “comercializamos”?

De ninguna manera. Porque esos ingresos no van a parar al bolsillo de los dueños (como en una empresa comercial) sino que se reinvierten en la radio comunitaria, que es una empresa social. La FINALIDAD es muy distinta.

Repetimos: todo medio de comunicación tiene pleno derecho a vender publicidad. Y las “leyes” de algunos países que prohíben a los medios comunitarios y públicos pasar anuncios son discriminatorias e inconstitucionales. Violan la libertad de comercio que es un derecho universal.

¿De qué van a vivir las radios comunitarias? ¿De la caridad pública? ¿Del maná que ya no cae del cielo? ¿O tal vez de donaciones del Estado para depender del gobierno de turno? ¿O de agencias de cooperación con el riesgo de que corten los subsidios en cualquier momento?

Si una emisora, por sus buenas relaciones, recibe fondos de la cooperación internacional, pues muy bien. Esto no constituye ninguna competencia desleal respecto a otros medios. Que otras hagan lo mismo y soliciten fondos para realizar campañas de servicio a la comunidad y programas educativos.

Todas las distinciones entre frecuencias “culturales y comerciales”, entre emisoras “permisionadas y concesionarias”, entre las autorizadas y las prohibidas de pasar anuncios, son trucos de la empresa privada que no quiere más comensales alrededor de la torta publicitaria.

Entonces, ¿podemos transmitir cualquier anuncio publicitario?

¡De esto hablaremos la próxima semana!

 

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BIBLIOGRAFÍA